La Presidencia es la función que ejerce un Estado Miembro, de articulación entre las diferentes instancias de gobierno a cuyo cargo se encuentra la materia ambiental en los países de la región, para el desarrollo continuado de la agenda de la EMSA, convocatoria y vocería.
Será ejercida por periodos de seis meses y se alternará de conformidad con el orden geográfico de los Estados Miembros, comenzando con la República que se designe en la sesión correspondiente. Dicha rotación será́ según el siguiente orden:
El traspaso de la Presidencia se hará automáticamente el primer día del mes de enero y julio de cada año de manera formal, haciendo entrega de todos los avances que se lograron y metas pendientes.
Será ejercida por periodos de seis meses y se alternará de conformidad con el orden geográfico de los Estados Miembros, comenzando con la República que se designe en la sesión correspondiente. Dicha rotación será́ según el siguiente orden:
- Belize
- Guatemala
- El Salvador
- Honduras
- Nicaragua
- Costa Rica
- Panamá́
- Colombia
- República Dominicana
- México
El traspaso de la Presidencia se hará automáticamente el primer día del mes de enero y julio de cada año de manera formal, haciendo entrega de todos los avances que se lograron y metas pendientes.