1. Se estableció toque de queda a partir del 18 de marzo de 2020 en todo el territorio nacional, ampliado el 24 de marzo por tiempo indefinido.
2. Se estableció toque de queda en todo el territorio nacional y, en consecuencia, queda prohibido tránsito y circulación de personas desde las 8 de la noche hasta las 5 de la mañana. Prórroga de 14 días más a partir del 14 de junio.
3. Se declaro cierre de las fronteras del país por tierra, mar y aire, a partir del 18 de marzo de 2020.
4. Suspensión de eventos y concentración de toda índole.
5. Establecida cuarentena a pasajeros provenientes de otros países que hayan estado en las dos últimas semanas en alguno de los lugares para los que se han suspendido vuelos.
6. Reapertura económica que consta de 4 fases inició su implementación a partir del 20 de mayo, permitiendo operar parcialmente a las empresas de acuerdo a su tamaño y número de empleados: Sector público comienza a laborar también con el 50% del personal.
7. Con el fin del estado de emergencia, desde el 1 de julio se reaperturaron actividades turísticas con limitación de aforo en hoteles, reanudación de vuelos internacionales desde y hasta suelo dominicano.
8. A partir del 15 de julio de 2020 se establecieron las medidas para asegurar el distanciamiento físico en establecimientos y lugares con espacios cerrados que ofrecen servicios al público.
9. El martes 21 de julio de 2020 entró en vigencia un nuevo toque de queda por 45 días, establecido de la siguiente manera:
- De lunes a viernes de 7:00 p.m. a 5:00 a.m. y los sábados y domingos de 5:00 p.m. a 5:00 a.m. en las siguientes demarcaciones geográficas: 1) Santo Domingo 2) Distrito Nacional 3) Santiago 4) San Cristóbal; 5) La Vega 6) Puerto Plata 7) Duarte 8) San Pedro de Macorís 9) La Romana 10) San Juan de la Maguana 11) La Altagracia 12) Azua 13) Monseñor Nouel 14) Sánchez Ramírez 15) María Trinidad Sánchez.
- Asimismo, en horarios de 8:00 pm a 5:00 a.m. en las demarcaciones geográficas como son: 1) Espaillat 2) Peravia 3) Barahona 4) Monte Plata 5) Valverde 6) Hermanas Mirabal 7) Monte Cristi 8) Samaná 9) Bahoruco 10) Hato Mayor 11) El Seibo 12) Dajabón 13) Santiago Rodríguez 14) San José de Ocoa 15) Elías Piña 16) Independencia 17) Pedernales.
10. El Ministerio de Educación inició la entrega de 70,000 dispositivos tecnológicos a profesores del país con la finalidad de continuar con el año escolar 2020-2021 frente a la pandemia de COVID-19.
11. El Ministro de salud informó que las vacunas contratadas con la farmacéutica AstraZeneca, en conjunto con la Universidad de Oxford, comenzarán a llegar al país en febrero de 2021, pero que las primeras dosis serán aplicadas probablemente en marzo.
12. Con el decreto 698-20 a partir del 15 de diciembre de 2020 en el Distrito Nacional y las provincias Santo Domingo, Santiago, Duarte, La Vega y Puerto Plata quedó establecido el toque de queda, todos los días, de 7pm a 5am. El resto del país de lunes a viernes de 9pm a 5 am y los sábados y domingos de 7pm a 5am.
13. Mediante el decreto 718-20 (17 de diciembre de 2020) se estableció que los empleados o contratistas de restaurantes que brindan servicios a domicilio de alimentos cocidos estarían facultados para circular hasta las 12am, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
14. Al 22 de enero de 2021 el gobierno dispone de medidas para el distanciamiento social como:
- Inspección de los espacios públicos y privados de uso público.
- Prohibición de actividades y eventos masivos.
- Uso de mascarillas y cumplimiento de protocolos.
- Medidas en el sector público (el horario laboral en el sector público será hasta las 3:00 pm y los trabajadores en planilla en el sector público no esenciales trabajaran a través del Teletrabajo).
- Remisión a las autoridades correspondientes para su conocimiento y ejecución.
15. El 22 de enero de 2021, mediante Decreto 37-21 se establece el toque de queda en el territorio nacional de lunes a viernes desde las 7pm hasta las 5am y los sábados y domingos desde las 5pm hasta las 5am.
16. El 27 de enero de 2021, el Ministerio de Salud envió de manera aleatoria a sus inspectores de salud a restaurantes y bares para velar por el cumplimiento del protocolo y de la ley 42-01, así como los decretos que rigen el Estado de Emergencia.
17. El 5 de febrero de 2021, el Gobierno estableció el Decreto 61-21 por medio del cual se mantienen vigentes todas las medidas dispuestas en el decreto número 37-21 del 22 de enero de 2021, a partir del martes 9 de febrero y hasta el lunes 22 de febrero del año en curso, ambos inclusive, en cuyo momento las autoridades revisarán dichas medidas.
18. El 17 de febrero de 2021, mediante el Decreto 95-21 se dio prórroga por un período de 45 días, hasta el 1 de marzo de 2021, el estado de emergencia declarado en el territorio nacional mediante el decreto 265-20 para combatir la COVlD-19.
19. El 1 de marzo de 2021 mediante el Decreto 133-21 se estableció toque de queda en el territorio nacional de lunes a viernes desde las 9pm hasta las 5am y los sábados y domingos desde las 7pm hasta las 5am, con una gracia de libre circulación de 3 horas adicionales todos los días.
20. 15 de abril de 2021: con el Decreto 230-21 se prorrogó por un período de 45 días, a partir del 16 de abril de 2021, el estado de emergencia declarado en el territorio nacional mediante el Decreto núm. 265-20 para combatir la COVID-19. También, con el Decreto 231-21 se mantienen vigentes todas las medidas dispuestas en el Decreto núm. 133-21, del 1 de marzo de 2021, y sus modificaciones, a partir del viernes 16 de abril y hasta el domingo 16 de mayo del año en curso, ambos inclusive, en cuyo momento las autoridades revisarán dichas medidas.
21. El 16 de abril de 2021, Mediante el Decreto 253-21 se modifica el horario del toque de queda en el territorio nacional, de lunes a viernes desde las 10pm hasta las 5am y los sábados y domingos desde las 9pm hasta las 5am, con una gracia de libre circulación todos los días hasta las 12am.
22. El 14 de mayo de 2021, mediante el decreto 319-21 se dio a conocer que se mantienen vigentes las medidas dispuestas en el Decreto núm. 133-21, del 1 de marzo de 2021, y sus modificaciones, a partir del lunes 17 de mayo y hasta el domingo 30 de mayo del año en curso, ambos inclusive.
23. El 26 de mayo de 2021, con el Decreto 345-21 se emitió prórroga por un período de 45 días, a partir del 30 de mayo de 2021, el estado de emergencia declarado en el territorio nacional mediante el Decreto núm. 265-21 para combatir la COVID-19. También, con el Decreto 346-21 se extendió la vigencia de las medidas de distanciamiento social dispuestas en el Decreto núm. 133-21 y sus modificaciones para todo el territorio nacional, así como modular algunas de estas específicamente para la zona del gran Santo Domingo.
24. El 31 de mayo de 2021, mediante el Decreto 349-21 se modifica el toque de queda y las demás medidas de distanciamiento social dispuestas en el marco del estado de emergencia declarado para combatir la COVID-19.
25. El 8 de junio de 2021, mediante el Decreto 364-21 el toque de queda y las demás medidas dispuestas en los artículos del 5 al 20 del Decreto núm. 349-21, del 30 de mayo de 2021, quedan extendidas hasta el miércoles 16 de junio de 2021, inclusive, momento en el cual las autoridades correspondientes revisarán tales medidas.
26. El 15 de junio de 2021, mediante el Decreto 378-21 se modificó el artículo 5 del decreto núm. 349-21, del 30 de mayo de 2021, para que, desde el miércoles 16 y hasta el miércoles 23 de junio del año en curso, ambos inclusive, en las siguientes demarcaciones el toque de queda sea todos los días desde las 6pm hasta las 5am, con una gracia de libre circulación hasta las 9pm, con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias.
27. El 29 de junio de 2021, el Presidente de la República emitió el Decreto 401-21 que mantiene las mismas restricciones de toque de queda
28. El 3 de julio de 2021, el gobierno extendió el estado de emergencia por 45 días y modificó los horarios de toque de queda para todo el país.
29. El 12 de julio de 2021, mediante el decreto 432-21 el presidente de la República confirmó la implementación del Plan de Flexibilización de las Medidas Restrictivas por la COVID-19.
30. El 3 de agosto de 2021, mediante el Decreto 477-21 se determinó que, a partir de las 5am del lunes 9 de agosto de 2021, se levantaría el toque de queda en la provincia La Altagracia y el Distrito Nacional y, en consecuencia, se dejan sin efecto las restricciones a la libertad de tránsito.
31. El 8 de septiembre de 2021, Mediante el Decreto 548-21 se levantó el toque de queda en la provincia Pedernales.
32. El 8 de octubre de 2021, Mediante el Decreto 622-21 se levantó el estado de emergencia en el territorio nacional. Con el levantamiento del estado de emergencia quedan sin efecto en el territorio nacional el toque de queda y las restricciones a las libertades de tránsito, asociación y reunión dispuestas en el decreto núm. 4 19-21 y sus modificaciones.
33. El 3 de febrero de 2022, el ministro de salud anunció el inicio de la vacunación contra COVID-19 para los niños menores de edad de 5 a 11 años.
34. El 16 de febrero, el Presidente de la República dio a conocer que el país ha superado lo peor de la pandemia gracias a los médicos, a las enfermeras y a todo el personal de salud; así como a las y los dominicanos, por lo que no se tienen más restricciones.
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